20200518

Sea más original: de los aumentos de sueldo al teletrabajo

Data Estel·lar aumentinadadenada Dilluns 20200518

Chiste por Gosset: ¿Aumentarle el suelo? Vaamos, señor Pórrez, le creía a usted más original. Revista Super Tio Vivo 130 Junio 1983. Editorial Bruguera



Un día de teletrabajo en el que no funciona nada de nada, ni el internet, ni los formularios cuando funciona el internet, webs corporativas inoperantes, ni el correo electrónico con o sin internet... comienzo a sospechar que ni el teléfono. Vamos a descansar de tanto quemarnos los ojos sin lograr nada.

Al menos, tras varias horas, sí que parece conectarse el blogger... y esperemos que al resto de cosas.

Ponemos un chistes de Gosset de trabajador y  empresario, de esos imposibles pero que tanto proliferaron: pedir aumento de sueldo. Son relaciones laborales individuales y desigualitarias: entre trabajador y empresario. Nunca son negociaciones colectivas. Nunca veréis páginas de Don Pío, de chistes de tipo el aquí presentado, del Reporter Tribulete, de Pepe El Hincha, de Superlópez, en las que haya negociación colectiva: el trabajador siempre va a pedir aumento de sueldo, con frecuencia impulsado por la esposa, y en el caso de Juan López se le puede oír decir que "ha conseguido vacaciones" a sus compañeros. Cosas que no es que sean raras: es que son mentiras convertidas en guiones. La parte certera es la ausencia de aumentos de sueldo, porque el empresario de los tebeos siempre lleva un as en la manga, o el oficinista la pifia en el momento mas inoportuno.

El trabajador siempre es oficinista y nunca obrero de fábrica ni almacenero, pesea  que el Sector Secundario, la industria, era mucho más importante que los servicios/oficinas, o que las oficinas eran apéndices estratégicos de las fábricas. En esto siempre hay una visión del mundo.

El chiste lo ponemos en tiempos en los que nos amenazan con que el teletrabajo llega para quedarse: el propietario de los medios de producción pasa a ser el dueño de los medios de producción del asalariado: su electricidad, su factura de teléfono, su teléfono, su ordenador, su conexión telefónica y telemática, sus horas a tutiplén, su tiempo, su vida a distancia. Costes de producción del asalariado no cobrados y costes de depreciación de herramientas domésticas, no preparadas para el trabajo, y con probabilidad de ser familiares, o sea, compartidas.

Aquí una guía de teletrabajo de una empresa que ya la va bien la cosa porque es de vender ciberpotingues para webs empresariales.

Hasta ahora era como una especie de gracia que se solicitaba a la empresa para estar cerca de los hijos menores de 12 años. Un derecho. Ahora es un deber. 
 El nuevo artículo 34.8 señala literalmente, que “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa. En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años.

Concretamente, en el artículo 13.1 se define a este modelo como “aquel en que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa”.
Entre las particularidades y derechos que reconoce se encuentran:
  • Ya sea antes de empezar en una empresa o una vez se haya iniciado la actividad laboral, la posibilidad de trabajar a distancia debe ponerse por escrito.
  • En principio, no hay diferencia en los derechos de los trabajadores por el hecho de trabajar a distancia o en la oficina. Solo se reconocen a los trabajadores que desarrollan su actividad en la oficina aquellos derechos propios de esta forma de trabajar.
  • El salario percibido por los trabajadores a distancia ha de ser, como mínimo, el correspondiente a su grupo profesional y funciones.
  • Los trabajadores a distancia también han de contar con el derecho de promoción. En este sentido, han de poder acceder a la formación profesional y estar al tanto de las ofertas de nuevos puestos dentro de la empresa.
  • Es la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo, la que establece también las normas en materia de seguridad y salud para los trabajadores a distancia.
Los trabajadores a distancia también pueden participar en la representación colectiva.


Luego vamos a reírnos con lo que cuenta una Doctora en Derecho del Trabajo y Seguridad Social, porque yo no sé si lo cuentan como chiste o por ignorancia: material bajo llave, ventilación, riesgos laborales, y no sé qué más que no se cumple ni en las empresas. Vamos, que ni se lo ha planteado nadie. 

Con eso, un vaso de agua y los derechos del Capítulo 3º del Título I de la Constitución Española de 1978 me quito la sed.

Realmente es de traca: una no-regulación que nos recuerda a tantas no-regulaciones entre bancos, entre aseguradores, entre grandes empresas para no contaminar y que sirven para que sigan asfixiando a consumidores, para seguir contaminando, etc. 

Pero resulta que los sindicatos (se lo contarían entre ellos, porque a mí no me ha llegado nunca ni una propoesta al respecto) ya pedían desde hace años una regulación clara. Si no se ha hecho, la respuesta es clara: se llama "Neoliberalismo": no regular porque el mercado es soberano, pero eso suele implicar e implica que te quedas sin acera para caminar porque el mercado, el bar, la tienda, es dueña de la acera (pasa en Brasil de siempre y pasa en la España de los bares desde el 2012 por lo menos), y el mercado es soberano pero te quedas sin sueldo, sin paro, sin vacaciones, sin derechos laborales, sin cotización. 

Cuidado, que hace 20 años que hay gente teletrabajando desde casas como teleoperadores, haciendo encuestas (anda que la estafa humana y laboral del sector del telemarketing, tele-sociología, es para que se pusieran las pilas en las facultades de sociología), o haciendo falsas encuestas para vender trastos ("va a entrar en un concurso de limpieza por ozono que vale 150€": que no quiero naaaaaaá...), en pedir cambios de bancos, de seguros, de cambios de empresas de telefonía, de luz, de gas... y no digas que "sí" a algo porque te cambian lo que sea. ¿Es que no hay una policía que entre en "responsable la empresa anunciadora" y triture toda la instalación, persiga hasta sus moraledas a los dueños y los arrastre hasta algún vertedero? Se ve que no, que eso es ilegal: que le roben la pensión a una anciana con esos cambios, es muy legal y muy adecuado porque "es el mercado, amigo".

Manuel Sánchez y Alejandro López de Miguel en Público del 20200517: asi diez millones de personas están teletrabajando actualmente en España, sin que haya apenas ninguna regulación al respecto. En el último decreto sobre el estado de alarma el Gobierno sigue pidiendo dar preferencia al teletrabajo en todas las actividades que se pueda, llevando a millones de trabajadores y trabajadoras a una situación novedosa, sin regular y sin dar facilidades de ningún tipo.
Los sindicatos llevan años clamando por una regulación para que se incorpore esta forma de trabajo a los convenios colectivo, pero hasta ahora apenas hay un ordenamiento al respecto, y todo se basa en la improvisación y el voluntarismo de los trabajadores y de las empresas.  (...) el teletrabajo no está exento de riesgos laborales, destacando principalmente de tipo ergonómico y psicosocial. En este sentido, se ha detectado ya que los trabajadores y trabajadoras pueden verse afectados por la sobrecarga de información y de trabajo, aumento del ritmo de trabajo o la exigencia de inmediatez en las respuestas, todos estos factores de riesgo pueden derivar en patologías relacionadas con el llamado tecnoestrés laboral.
En este sentido indican que la conectividad constante permitida por el uso de internet, smartphones, tablets, etc., no permite que los trabajadores puedan desconectar, “y esto impide su recuperación tanto psíquica como física ya que su jornada laboral se ve alargada".
¿ALGUIEN HA OÍDO QUE LOS ASALARIADOS TELETRABAJADORES VAYAN A TENER DINERO PARA PROTECCIÓN DE ATAQUES INFORMÁTICOS? ¿para adecuar espacios? ¿SE HA OÍDO QUE LAS REDES TELEMÁTICAS SEAN MÁS POTENTES? ¿Van a fabricar pisos de 200 metros cuadrados para poder vivir y estar confinados y teletrabajando sin molestarse unos a otros? ¿Verdad que no?

O igual ha salido en el mismo noticiario y BOE y boletín de organismos empresariales que dijeron: "toda la producción química, farmacéutica, de laboratorio, de extrusión de plásticos y de todo tipo de componentes plásticos y de motores va a ir destinada a fabricar EPIs y todo tipo de material de protección para enfermos, sanitarios, hospitales, centros de salud, trabajadores expuestos... El fracaso del Sistema de Producción Industrial en España ha sido total. También lo ha sido en Europa, Estados Unidos y China.

Al final, tuvieron que recurrir a laboratorios del Ejército para fabricar

Ya no digo los olvidados derechos laborales.

Y y


Normativas o políticas laborales sobre teletrabajo en otros países, según La Razón del 20200509 por


La mayoría de las legislaciones de estos países parten del Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo. A partir de ella, Suecia recurre a los interlocutores sociales para actuaciones específicas y el Organismo Sueco del Medio Ambiente de Trabajo se ocupa de cuestiones relacionadas con el entorno de trabajo y los derechos de los trabajadores. En Holanda el Decreto sobre Condiciones de Trabajo (Arbowet) se centra en la legislación sobre salud y bienestar. De acuerdo con este decreto, el empleador está obligado a brindar asistencia, también cuando el empleado trabaja desde casa u otra ubicación y en última instancia el empleador es responsable. En Finlandia “es bastante común que los convenios colectivos sectoriales incluyan un apéndice con un formulario de contrato para uso local del empleador y del empleado si acuerdan implementar el teletrabajo”, explica la OIT. Aunque se suele tomar como base el Acuerdo Marco sobre Teletrabajo, los sindicatos de trabajadores en sus negociaciones se enfocan en la conciliación entre la vida laboral y personal, y la salud y el bienestar para los trabajadores. En Estados Unidos, los conflictos sobre el pago de horas extraordinarias ha creado políticas de empresa que impiden los mensajes relacionados con trabajo fuera del horario habitual, ya sea mediante avisos simples o apagando sus servidores los fines de semana, y en horario vespertino y nocturno (un tipo de política empresaria que tuvo su origen en Alemania).


Llevamos oyendo hablar del Teletrabajo desde 1994. Recuerdo a una profe y compañeros que se me quedaron un poco "este no se entera" cuando dije: "eso no va a pasar mañana y además hay dudas sobre la garantía de los derechos laborales". Que se podía leer en la prensa, pero hay que leer. 1994, 2004, 2014.... 2020, y solamente por una situación de enfermedad infecciosa descontrolada, desconocida y mundial, con unos Estasdos: unos 7000 mil milloncejos de humanos) que se ven obligados a ser confinados, auque las cifras reales sean menos, entre todos los que tuvieron que ir a trabajar (transportistas, camioneros, sanitarios de todo tipo, fueran médicos, enfermeros, conductores de ambulancias, personal de limpieza, policías, bomberos, carteros, repartidores de esos a los que no les pagan tipo Correos Express y Glovo, farmacéuticos, reponedore del super, almaceneros, fruteros, pescateros, carniceros, agricultores, ganaderos, obreros de empresas de plasticos para mortajas y envoltorios de comida, telefonistas en sedes de empresas de tele-asistencia... como para preguntarse si alguien se quedó en casa y la respuesta es que sí.

La Vanguardia 20200501: Abordar la regulación normativa de esta modalidad laboral puesta en práctica de manera masiva estos últimos dos meses ha pasado a formar parte de la lista de reivindicaciones de los sindicatos con motivo de la celebración del Día del Trabajador, 1 de mayo.

 Del presentismo físico al ciberpresentismo: hay que estar ahí. Recuerdo alguien que me contó que estuvo allá por 2014 en una cosa de teletrabajo pero que no podía concentrarse porque, cada cinco minutos, le obligaban a mirar el skype con el jefe preguntándole si estaba allí. ¿Dónde iba a estar? Trabajando. 

También de La Vanguardia  En un primer análisis sobre la experiencia desde el inicio del confinamiento, investigadores del Centre d’Estudis Sociològics sobre la Vida Quotidiana i el Treball (QUIT) de la Universitat Autònoma de Barcelona no ofrecen un balance especialmente optimista. “El presencialismo se está trasladando al teletrabajo, con un control de los trabajadores a través de videoconferencias en aumento, de llamadas y mensajes a cualquier hora. Es como tener al jefe en casa”, señala Óscar Molina, autor junto a Alejandro Godino y Alba Molina, de un estudio sobre el teletrabajo durante la crisis de la Covid-19.